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«Derechos» colectivizados — por Ayn Rand

Los «derechos» son un principio moral que define las relaciones sociales apropiadas. Así como el hombre necesita un código moral para poder sobrevivir (para poder actuar, elegir las metas correctas y alcanzarlas), así también una sociedad (un grupo de hombres) necesita principios morales para poder organizar un sistema social acorde con la naturaleza del hombre y con los requerimientos de su supervivencia.

Así como un hombre puede evadir la realidad y actuar en base al ciego capricho de un momento dado, pero no puede conseguir nada excepto una progresiva autodestrucción, así también una sociedad puede evadir la realidad y establecer un sistema regido por los ciegos caprichos de sus miembros o de su líder, por la pandilla mayoritaria de un momento dado, por el demagogo de turno o por un dictador permanente. Pero tal sociedad no puede conseguir nada más que el imperio de la fuerza bruta y un estado de progresiva autodestrucción.

“Cuando el «poder» se opone al «derecho», el concepto de «poder» puede tener sólo un significado: el poder de la fuerza bruta, de la fuerza física; lo cual, de hecho, es meramente el «poder» de destruir; es el «poder» de una estampida de animales corriendo desenfrenados”.

Lo que el subjetivismo es en el ámbito de la ética, el colectivismo es en el ámbito de la política. Así como la noción de que «cualquier cosa que yo haga es correcta porque yo decidí hacerla» no es un principio moral, sino la negación de la moralidad…, así también la idea de que «cualquier cosa que la sociedad haga es correcta porque la sociedad decidió hacerla» no es un principio moral, sino la negación de los principios morales, es desterrar a la moralidad de las cuestiones sociales.

Cuando el «poder» se opone al «derecho», el concepto de «poder» puede tener sólo un significado: el poder de la fuerza bruta, de la fuerza física; lo cual, de hecho, no es un «poder», sino la más desastrosa situación de impotencia; es meramente el «poder» de destruir; es el «poder» de una estampida de animales corriendo desenfrenados.

Sin embargo, ese es el objetivo de la mayoría de los intelectuales de hoy. En la raíz de todas sus tergiversaciones conceptuales hay otra más fundamental aún: la transferencia del concepto de derechos desde el individuo hasta el colectivo, lo que significa: sustituir «Los Derechos del Hombre» por «Los Derechos de la Turba».

Puesto que sólo un hombre individual puede poseer derechos, la expresión «derechos individuales» es una redundancia (que uno tiene que usar con el fin de aclarar las cosas en el caos intelectual de hoy). Pero la expresión «derechos colectivos» es una contradicción en términos.

Cualquier grupo o «colectivo», grande o pequeño, es sólo un número de individuos. Un grupo no puede tener ningún derecho más que los derechos de sus miembros individuales. En una sociedad libre, los «derechos» de cualquier grupo se derivan de los derechos de sus miembros, a través de su elección individual y voluntaria, y de un acuerdo contractual, y esos derechos son meramente la aplicación de esos derechos individuales a un proyecto específico. Cada proyecto legítimo de un grupo está basado en el derecho de los participantes a la libre asociación y al libre comercio. (Por «legítimo» quiero decir: que no sea criminal y que esté libremente formado, o sea, un grupo en el que nadie haya sido forzado a participar).

Por ejemplo, el derecho de una empresa a hacer negocios se deriva del derecho que tienen sus dueños a invertir su dinero en un emprendimiento productivo; de su derecho a contratar empleados; del derecho de los empleados a vender sus servicios; del derecho de todos los involucrados a producir y a vender sus productos; del derecho de los clientes a comprar (o a no comprar) esos productos. Cada eslabón de esa compleja cadena de relaciones contractuales está basado en derechos individuales, en decisiones individuales, en acuerdos individuales. Cada acuerdo está delimitado, especificado, y sometido a ciertas condiciones, o sea, depende de un intercambio mutuo para beneficio mutuo.

Eso es verdad en todos los grupos y en todas las asociaciones legítimas en una sociedad libre: sociedades, empresas comerciales, asociaciones profesionales, sindicatos (los que son voluntarios), partidos políticos, etc. Se aplica también a todos los acuerdos de representación: el derecho de un hombre a actuar por otro, o a representar a otro o a otros, deriva de los derechos de quienes él representa, y que le son delegados a él por decisión voluntaria, para un objetivo concreto y delimitado (como en el caso de un abogado, de un representante comercial, de un delegado sindical, etc.).

Un grupo, como tal, no tiene derechos. Un hombre no puede ni adquirir nuevos derechos por el hecho de unirse a un grupo, ni perder los derechos que ya posee. El principio de los derechos individuales es la única base moral de todos los grupos o de todas las asociaciones.

Cualquier grupo que no reconozca ese principio no es una asociación, sino una pandilla o una turba.

Cualquier doctrina de actividades grupales que no reconozca los derechos individuales es una doctrina del dominio de la turba o del linchamiento legalizado.

La noción de «derechos colectivos» (la noción que los derechos pertenecen a grupos, no a individuos) significa que los «derechos» pertenecen a algunos hombres, pero no a otros —que algunos hombres tienen el «derecho» a disponer de otros como les venga en gana— y que el criterio para esa posición privilegiada consiste en una superioridad numérica.

Nada puede justificar ni validar jamás una doctrina como esa, y nadie lo ha hecho jamás. Igual que la moralidad altruista de la que deriva, esa doctrina descansa en el misticismo: o en el anticuado misticismo de una fe en edictos sobrenaturales, como en «el divino derecho de los reyes»; o en la mística social de los colectivistas modernos, que ven a la sociedad como un superorganismo, como algún tipo de entidad sobrenatural separada de, y superior a, la suma de sus miembros individuales.

“Cualquier doctrina de actividades grupales que no reconozca los derechos individuales es una doctrina del dominio de la turba o del linchamiento legalizado”.

La amoralidad de esa mística colectivista es particularmente obvia hoy en el tema de los derechos nacionales.

Una nación, como cualquier otro grupo, es sólo un número de individuos, y no puede tener más derechos que los derechos de sus ciudadanos individuales. Una nación libre —una nación que reconoce, respeta y protege los derechos individuales de sus ciudadanos— tiene derecho a su integridad territorial, a su sistema social y a su forma de gobierno. El gobierno de una nación así no es el amo, sino el siervo o el agente de sus ciudadanos, y no tiene más derechos que los derechos que le han sido delegados por los ciudadanos para una tarea específica y delimitada (la tarea de protegerlos de la violencia física, derivada del derecho de los ciudadanos a la autodefensa).

Los ciudadanos de una nación libre pueden disentir en cuanto a los procedimientos o métodos legales concretos para implementar sus derechos (lo cual es un problema complejo, el campo de la ciencia política y de la filosofía del derecho), pero ellos están de acuerdo en el principio básico a implementar: el principio de los derechos individuales. Cuando la constitución de un país pone los derechos individuales fuera del alcance de las autoridades públicas, la esfera del poder político queda seriamente limitada; y es así como los ciudadanos pueden, con seguridad y apropiadamente, ponerse de acuerdo para acatar las decisiones de un voto mayoritario en esa esfera delimitada. Las vidas y la propiedad de las minorías o de los que disienten no están en juego, no están sujetas a voto, y no están en peligro por ninguna decisión mayoritaria; ningún hombre y ningún grupo tiene un cheque en blanco de poder sobre los demás.

Una nación así tiene derecho a su soberanía (derivada de los derechos de sus ciudadanos), y tiene derecho a exigir que esa soberanía sea respetada por todas las demás naciones.

Pero ese derecho no puede ser reivindicado por dictaduras, por tribus salvajes, o por cualquier otra forma de tiranía absolutista. Una nación que viola los derechos de sus propios ciudadanos no puede reivindicar ningún derecho en absoluto. En cuestión de derechos, al igual que en todas las cuestiones morales, no puede haber un doble criterio. Una nación regida por la fuerza bruta no es una nación, sino una horda, y da igual que esté liderada por Atila, por Gengis Kan, por Hitler, por Khrushev o por Castro. ¿Qué derechos podría reivindicar Atila, y en base a qué?

Eso se aplica a todas las formas de salvajismo tribal, antiguo o moderno, primitivo o «industrializado». Ni la geografía, ni la raza, ni la tradición, ni ningún estado de desarrollo previo pueden conferir a algunos seres humanos el «derecho» a violar los derechos de otros.

El derecho a la «autodeterminación de las naciones» se aplica solamente a las sociedades libres, o a aquellas que buscan establecer la libertad; no se aplica a las dictaduras. Así como el derecho de un individuo a la libertad de acción no incluye el «derecho» a cometer crímenes (o sea, a violar los derechos de otros), así también el derecho de una nación a determinar su propia forma de gobierno no incluye el derecho a establecer una sociedad de esclavos (o sea, a legalizar la esclavitud de algunos hombres por otros). No hay tal cosa como el «derecho a esclavizar». Una nación puede hacerlo, igual que un hombre puede convertirse en criminal, pero ninguno de los dos puede hacerlo por derecho.

No importa, en ese contexto, el que una nación haya sido esclavizada por la fuerza, como la Rusia soviética, o por el voto, como la Alemania nazi. Los derechos individuales no están sujetos al voto público; una mayoría no tiene derecho, a través del voto, a quitarles los derechos a una minoría; la función política de los derechos es, precisamente, proteger a las minorías de la opresión de las mayorías (y la minoría más pequeña en la Tierra es el individuo). Independientemente de que una sociedad de esclavos haya sido conquistada o haya decidido ser esclavizada, esa sociedad no puede reivindicar derechos nacionales, ni exigir que tales «derechos» sean reconocidos por los países civilizados…, exactamente igual que una banda de criminales no puede exigir que sus «derechos» sean reconocidos y estén al mismo nivel legal que los de una empresa industrial o una universidad, basándose en el hecho de que los criminales decidieron por voto unánime dedicarse a ese tipo concreto de actividad grupal.

“Una nación, como cualquier otro grupo, es sólo un número de individuos, y no puede tener más derechos que los derechos de sus ciudadanos individuales”.

Los países dictatoriales son proscritos, están fuera de la ley. Cualquier nación libre tuvo el derecho a invadir la Alemania nazi, y hoy tiene el derecho a invadir la Rusia soviética, Cuba, o cualquier otro régimen de esclavos. El que una nación libre decida hacerlo o no depende de su propio interés, no del respeto a los inexistentes «derechos» de los caciques que gobiernan. No es el deber de una nación libre liberar a otras naciones a costa de su propio sacrificio, pero una nación libre tiene el derecho de hacerlo, si así lo decide, y cuando lo decida.

Ese derecho, sin embargo, es condicional. Igual que la represión de los delitos no le da a un policía derecho a involucrarse en actividades delictivas, así tampoco la invasión y la destrucción de una dictadura le da al invasor el derecho a establecer una variante más de una sociedad de esclavos en el país conquistado.

Un país esclavizado no tiene derechos nacionales, pero los derechos individuales de sus ciudadanos siguen siendo válidos, aunque no sean reconocidos, y el conquistador no tiene derecho a violarlos. Por lo tanto, la invasión de un país esclavizado sólo se justifica moralmente si, y cuando, los conquistadores establecen un sistema social libre, es decir, un sistema basado en el reconocimiento de los derechos individuales.

Puesto que hoy en día no hay ningún país totalmente libre, puesto que el así llamado «mundo libre» consiste en varias «economías mixtas», cabe preguntarse si cualquier país del mundo está moralmente abierto a ser invadido por cualquier otro. La respuesta es: no. Hay una diferencia entre un país que reconoce el principio de los derechos individuales, pero no lo aplica del todo en la práctica, y un país que los niega y se jacta abiertamente de ello. Todas las «economías mixtas» se encuentran en un precario estado de transición que, en última instancia, tiene que convertirse en libertad o derrumbarse en una dictadura. Hay cuatro características que, sin lugar a dudas, hacen que un país sea una dictadura: régimen de gobierno con un partido único; ejecuciones sin juicio previo, o con un simulacro de juicio, por delitos políticos; nacionalización o expropiación de la propiedad privada; y censura. Un país culpable de esos ultrajes pierde el derecho a cualquier prerrogativa moral, a cualquier reivindicación de derechos nacionales o de soberanía, y se convierte en un proscrito.

Observa, en esa cuestión concreta, al vergonzoso callejón sin salida y a la desintegración intelectual de los intelectuales de izquierdas.

El internacionalismo siempre ha sido uno de los puntos de partida de los izquierdistas. Ellos han considerado al nacionalismo como un gran mal social, como un producto del capitalismo, y como la causa de las guerras. Se han opuesto a cualquier forma de interés nacional; se han negado a diferenciar entre un patriotismo racional y un chauvinismo ciego y racista, denunciando a ambos como «fascistas». Ellos han abogado por la disolución de las fronteras nacionales, y por la fusión de todas las naciones en un «único mundo». Aparte de los derechos de propiedad, los «derechos nacionales» han sido el blanco concreto de sus ataques.

Hoy día, son esos «derechos nacionales» los que ellos invocan como última, débil y cada vez más difuminada justificación moral por el resultado de sus teorías, por la proliferación de las pequeñas dictaduras estatistas que se están extendiendo, como si fueran una enfermedad cutánea, sobre la superficie de la Tierra, en forma de las denominadas «nuevas naciones emergentes», todas ellas semisocialistas, semicomunistas, semifascistas, y totalmente dedicadas sólo al uso de la fuerza bruta.

Es el «derecho nacional» de esos países a decidir su propia forma de gobierno (cualquier forma que les apetezca) lo que los izquierdistas ofrecen como justificación moral, y lo que piden que respetemos. Es el «derecho nacional» de Cuba a su forma de gobierno, proclaman, lo que nosotros no debemos violar, o con lo que no tenemos que interferir. Después de haber literalmente destruido los legítimos derechos nacionales de los países libres, es para las dictaduras para las que los izquierdistas ahora reivindican la aprobación de los «derechos nacionales».

Y es peor aún: no es mero nacionalismo lo que los “izquierdistas” defienden, sino el racismo, un racismo primitivo y tribal.

Observa el doble estándar: mientras que en los países civilizados de Occidente los izquierdistas siguen propugnando el internacionalismo y el autosacrificio global, a las tribus salvajes de Asia y África se les ha concedido el «derecho» soberano a masacrarse mutuamente en guerras raciales. La humanidad está retornando a una visión preindustrial y prehistórica de la sociedad: al colectivismo racial.

Tal es el resultado lógico y el clímax del colapso moral de los izquierdistas, que empezó cuando, como preludio a la colectivización de la propiedad, ellos aceptaron la colectivización de los derechos.

Su propia confesión de culpa se halla en su terminología. ¿Por qué usan la palabra «derechos» para designar las cosas que ellos defienden? ¿Por qué no predican lo que practican? ¿Por qué no lo nombran abiertamente y tratan de justificarlo, si es que pueden hacerlo?

La respuesta es obvia.

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Fuentes:

«Derechos» colectivizados, Capítulo 13, «La virtud del egoísmo», por Ayn Rand


 

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Un genio es un genio, no importa el número de imbéciles que pertenezcan a la misma raza – y un imbécil es un imbécil, no importa el número de genios que compartan su origen racial.

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